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La Confederación Hidrográfica del Tajo procede a la identificación y retirada de plantas de camalote en un tramo del río Tajo en Talavera de La Reina

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05/08/2019
Especies exóticas invasoras
. La detección de la planta clasificada como exótica e invasora se ha realizado gracias a la colaboración ciudadana 
. La elaboración y desarrollo de planes de prevención y control de las especies exóticas y especies exóticas invasoras es una competencia que ostentan las comunidades autónomas, por lo que se ha procedido a informar a la Autoridad Ambiental autonómica  
La Confederación Hidrográfica del Tajo, organismo autónomo del Ministerio para la Transición Ecológica, ha procedido a la identificación y retirada de plantas de “Eichchornia crassipes”, conocida comúnmente con el nombre de jacinto de agua o camalote, en un tramo del río Tajo a su paso por la ciudad de Talavera de la Reina. 
La detección de esta planta acuática, catalogada como exótica e invasora, ha sido posible gracias a la colaboración ciudadana, puesto que fue un particular quien alertó de su posible presencia a través de las redes sociales de la CHT. 
La elaboración y desarrollo de planes de prevención y control de las especies exóticas y especies exóticas invasoras  es una competencia que ostentan las comunidades autónomas, por lo que esta actuación ha sido puesta en conocimiento de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Castilla-La Mancha, que es el órgano que ejerce la indicada competencia; si bien, la Confederación Hidrográfica del Tajo ha procedido a su rápida retirada por motivos de urgencia. 
El jacinto de agua o camalote es una planta acuática de la familia de las Pontederiaceae, originaria de las aguas dulces de las regiones cálidas de América del Sur y posee una gran potencia colonizadora desplazando a las especies autóctonas. 
Esta especie está incluida en el Catálogo Español de especies exóticas invasoras, regulado por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por lo que se encuentra prohibida su posesión, transporte, tráfico y comercio y por supuesto su introducción en el medio natural.
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