Desplazarse hacia arriba
Inicio de sesión

Evaluación Ambiental Estratégica

Ciclo Planificación 2021-2027

     La evaluación ambiental estratégica (EAE) de planes y programas viene regulada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. De acuerdo con la citada Ley, tanto los planes hidrológicos de cuenca (PHC) como los planes de gestión del riesgo de inundación (PGRI) están sometidos a evaluación ambiental estratégica ya que constituyen el marco para la futura autorización de proyectos (las medidas) legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental. El sometimiento del ambos planes a EAE es además, una decisión estratégica de diseño de la propia planificación de aguas que tiene un doble objetivo:  por una lado, que el proceso de EAE aporte un importante valor añadido al contenido tanto del PHC como del PGRI, y por otro la recopilación de información y aportaciones para la elaboración de los citados Planes.

 

   El procedimiento reglado de evaluación ambiental estratégica ordinaria se concreta en distintas fases y documentos, la primera de ellas asociada al Documento inicial estratégico conjunto del plan hidrológico de cuenca y del plan de gestión del riesgo de inundación, documento donde se definen los parámetros básicos de referencia del plan y de la evaluación ambiental estratégica, a la que sigue el Estudio Ambiental Estratégico, fruto de las directrices del órgano ambiental tras la consulta pública del Documento inicial estratégico.

 

Toda la información generada en este proceso, puede encontrarse en la base de datos SABIA, accediendo mediante el siguiente enlace (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO/navSabiaPlanes ) e indicando el expediente 2020P006


 


 
​​​