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IMPLANTACIÓN DE LA DIRECTIVA DE INUNDACIONES EN LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO. GESTIÓN DE LOS RIESGOS DE INUNDACIÓN

      Las inundaciones en España constituyen un riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido graves daños tanto materiales como en pérdida de vidas humanas. En nuestro país, el número de víctimas mortales en el periodo 1995-2012 ascendió a 306 fallecidos y la cuantía de los daños anuales es del orden de 800 millones de euros de media.

      La lucha contra los efectos de las inundaciones requiere la puesta en marcha de soluciones tanto estructurales (obras de defensa) como no estructurales. Entre estas medidas se encuentran los planes de Protección Civil, la implantación de sistemas de alerta temprana, la corrección hidrológico-forestal de las cuencas y, especialmente, medidas de ordenación del territorio.

      La Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 23 de octubre de 2007, relativa a la “Evaluación y la gestión de los riesgos de inundación” y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, que la transpone al ordenamiento jurídico español, tienen como objetivo principal reducir las consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica. Esta Directiva obliga a los Estados miembros a la realización de las siguientes fases:

1.- Evaluación preliminar del riesgo de inundación (EPRI) que conlleva la identificación de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs).

2.- Elaboración de los Mapas de peligrosidad por inundación y de riesgo de inundación (en las ARPSIs seleccionadas en la EPRI).

3. Elaboración de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) (en las ARPSIs seleccionadas en la EPRI).​

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