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La Confederación Hidrográfica del Tajo pone a disposición de los ciudadanos el procedimiento para el pago por vía telemática de diversas tasas gestionadas por el Organismo de cuenca

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22/12/2022
Pago telemático de tasas de la CHT 
• A partir de enero estará habilitada la plataforma para realizar el pago de forma telemática de 12 tasas
• El pago de las tasas por vía telemática tendrá carácter voluntario, manteniéndose la posibilidad de realizarlo en soporte papel a través de los medios anteriormente habilitados 
La Confederación Hidrográfica del Tajo, organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica, ha habilitado el procedimiento para el pago por vía telemática de diversas tasas gestionadas por el Organismo.  
El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Resolución por la que se establece el procedimiento de pago, por este medio, de 12 tasas y cánones, que estará habilitado a partir de enero de 2023. 
Las tasas y cánones que podrán pagarse de forma telemática son las siguientes: 
509. Suministro información ambiental. 
584. Gastos de dirección e inspección de obras. 
585. Explotación de obras y servicios. 
586. Redacción de proyectos. 
587. Informes y otras actuaciones. 
588. Canon de ocupación y utilización de bienes del dominio público hidráulico. 
589. Canon de regulación del agua. 
590. Tarifa de utilización del agua. 
591. Canon de control de vertidos. 
592. Canon por explotación de saltos de pie de presa. 
593. Tarifa de utilización del agua y canon de regulación. 
635. Canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica. 
El pago de las tasas podrá realizarse a través del enlace https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO/navProcedimientoPagoTasas de la página web www.miteco.gob.es al que se podrá acceder igualmente a través de la web www.chtajo.es, siendo requisitos imprescindibles para su uso disponer de número de identificación fiscal, de DNI electrónico u otro certificado electrónico reconocido en la «lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» y tener una cuenta abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria que se haya adherido al sistema. 
El uso de la vía telemática tendrá siempre carácter voluntario, manteniéndose la posibilidad de realizarlo en soporte papel a través de cualquiera de las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria que tiene encomendada la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante cargo en cuenta o en efectivo. 
Más información: https://bit.ly/3YJp2pO​