Coordinación con CCAA y EELL

Conforme al artículo 25 del texto Refundido de la Ley de Aguas y el artículo 14 quater del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, la Confederación Hidrográfica del Tajo emitirá informe previo sobre los actos y planes que las comunidades autónomas y las entidades locales hayan de aprobar en el ejercicio de sus competencias, entre otras, en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y obras públicas de interés regional, siempre que tales actos y planes afecten al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre y policía.
 
En este informe se analizarán los posibles efectos del acto o plan sobre el régimen y aprovechamiento de las aguas continentales; generación de nuevas demandas de recurso, situación concesional para los usos previstos, afección al régimen de corrientes, protección y calidad de las aguas, compatibilidad de los usos y actuaciones previstas en terrenos de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre y policía, con las limitaciones establecidas en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en las zonas inundables, teniendo en cuenta la información cartográfica y estudios oficiales existentes y los aportados por las administraciones competentes.
 
Cuando los actos o planes comporten nuevas demandas de recursos hídricos, el informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo se pronunciará expresamente sobre la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer tales demandas.
 
El plazo para la emisión del informe es de CUATRO (4) MESES, que quedará suspendido en el supuesto de que se solicite información complementaria al solicitante. El informe se entenderá desfavorable si no se emite en este plazo de acuerdo con lo que establece el artículo 25.4 del TRLA y el artículo 24.1. 2.º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Con el propósito de garantizar que la documentación presentada por las administraciones competentes incluya toda la información necesaria para la correcta evaluación de los aspectos sobre los que se debe informar y para agilizar la tramitación administrativa, así como asegurar que los informes emitidos sean completos y coherentes con la normativa vigente, este organismo ha elaborado las siguientes instrucciones:


Última actualización: diciembre 2025.