Órganos Colegiados

Los órganos colegiados son instituciones que de forma histórica, garantizan la participación y representación de todos los usuarios del agua y de las Administraciones y los ciudadanos en los Organismos de cuenca.  

Su funcionamiento se rige, salvo que existan estatutos específicos que la complementen, por los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

La composición y funciones de estos órganos colegiados viene determinada por lo dispuesto el Texto Refundido de la Ley de Aguas -aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001-, el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica -aprobado por el Real Decreto 927/1988-, y el Real Decreto 927/1989, por el que se constituye el organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo.  

Reunión de la Comisión de Desembalse en marzo de 2025.


Si te interesa conocer más acerca de cada uno de los órganos colegiados (funciones, composición y actas), así como su régimen de funcionamiento o los procesos necesarios para la renovación de sus miembros haz clic sobre el recuadro correspondiente: 

Grupo 4, Objeto agrupadoGrupo 4, Objeto agrupadoGrupo 4, Objeto agrupadoGrupo 4, Objeto agrupado

 

                                       Cuadro de texto 2, Cuadro de texto, Imagen     ​​​Cuadro de texto 2, Cuadro de texto, Imagen​​

 


Última actualización: mayo de 2025