Zona 2ª de explotación


La Zona 2ª de Explotación abarca las zonas regables del Canal Bajo del Alberche, Castrejón, dividido en Margen Izquierda y Margen Derecha, Azután, Alcolea, Valdecañas, y Rosarito, en Tiétar, dividido en Margen Izquierda y Margen Derecha.

Esta Zona se gestiona desde las oficinas situadas en la sede central del Organismo en Madrid, y también en la sede periférica situada en Talavera de la Reina.

Canal Bajo del Alberche

En 1.946 se publica en el BOE el Decreto por el que se declara de alto interés nacional la Colonización de la zona dominada por el Canal del Alberche. En 1950 se aprueba el Plan General de Colonización de la zona regable por el Canal Bajo del Alberche (Toledo) y en 1951 se elabora la Orden conjunta de los Ministerios de Obras Públicas y de Agricultura por la que se aprueba el Plan Coordinado de Obras de la zona regable por el Canal Bajo del Alberche, elaborado por la Comisión Técnica Mixta.

Es en marzo de 1958 cuando se dicta la Resolución de la Dirección General de Colonización por la que se declara la puesta en riego de la totalidad de la zona regable por el Canal Bajo del Alberche (Toledo).

La zona regable está enclavada en varios términos municipales, San Román de los Montes, Pepino, Talavera de la Reina, Gamonal y Calera y Chozas, de la provincia de Toledo. Está constituida por una larga faja delimitada al norte por el Arroyo del Charco y los Arroyos de la Cañada y Cobisa, y al sur por el río Tajo, excluyéndose el núcleo de la ciudad de Talavera de la Reina y su área de ensanche.

El Canal tiene su derivación desde la presa de Cazalegas, nutriéndose del río Alberche y las presas del Alto Alberche, y la infraestructura del canal principal tiene una longitud aproximada de 30 kilómetros.

Se divide en once sectores de riegos tras la unificación de la zona, pendiente de actualización de su concesión, estando dadas de alta en el elenco 9.729 hectáreas y aproximadamente 3.000 regantes.

La concesión actual, otorgada en 2008, es de 78,494 hm³ anuales, con una dotación de 9.500 m³/ha (el nuevo Plan Hidrológico prevé una dotación de 6.400 m3/ha y año tras la modernización de la zona), con un caudal instantáneo de 8.262,54 l/s.

Los principales cultivos de la zona son el Maíz, la Alfalfa y el Cereal, seguidos en mucha menor medida del olivar y el almendro.

Castrejón margen izquierda

Se aprueba el plan coordinado de obras de la zona regable por el canal de Castrejón margen izquierda (Toledo), primera fase, por decreto de 1977.

La Zona Regable de Castrejón Margen Izquierda se abastece de la cámara de carga del Salto de la Central Hidroeléctrica de Gas Natural-Fenosa en El Carpio de Tajo. Mediante el sifón de las Monjas atraviesa el río Tajo por un puente porta-sifón y continua en dirección Este-Oeste sensiblemente paralelo al río Tajo en una longitud de 23,3 km hasta pasado Bernuy que desemboca en una balsa de regulación.

El Canal propiamente dicho parte del extremo del sifón de las Monjas y tiene una longitud de 23,3 km y un caudal máximo en origen de 6.480 l/seg, donde están ubicadas las compuertas en origen del canal, pertenece al término municipal de El Carpio de Tajo (Toledo).

El Canal está dividido en 3 sectores de riego y 5 tramos de distintas secciones y hay a lo largo de él 38 tomas distribuidas en ambas márgenes.

El elenco de regadíos de la zona cuenta con 5.126 ha, estando en tramitación la concesión de aguas, teniendo un consumo medio anual en torno a los 35 hm³.

Los principales cultivos de la zona son las Herbáceas (alfalfa, guisante), seguido del Pistacho y el Olivar, y en menor medida, el almendro.

Castrejón margen derecha

Esta Zona Regable no ha sido objeto de una declaración de alto interés nacional, pues no fue transformada por una actuación conjunta de colonización entre los Ministerios de Agricultura y Obras Públicas. Por el contrario, la implantación del regadío se realizó mediante una actuación exclusiva del segundo de ellos, que aprovechó el canal ejecutado por un concesionario hidroeléctrico (Canal de suministro al Salto de Castrejón en el río Tajo) al que se impuso la servidumbre de conducir un caudal máximo de 2.000 I/seg para el riego de la zona comprendida entre el canal y el río Tajo.

Aunque no haya existido la base legal habitual en las actuaciones conjuntas de interés general, esta zona regable se ejecutó siguiendo un procedimiento análogo. El 12 de julio de 1965, por Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas, se aprobó el expediente de información pública y el Proyecto de riegos derivados del Canal de Castrejón, para una superficie global de 1.940 ha.

Por Resolución de 20 de noviembre de 1972 se declaró constituida la Comunidad de Regantes del Canal de Castrejón, Margen Derecha.

La zona regable está dividida en cuatro sectores, que abarcan los términos municipales de La Puebla de Montalbán y El Carpio de Tajo, ambos en la provincia de Toledo.

Esta zona regable está delimitada por el canal hidroeléctrico y el cauce del río Tajo, desde su punto inicial en el embalse de Castrejón hasta sus elementos finales de desagüe.

En 2008 se otorga la concesión por un volumen máximo anual de 12,6 hm³, un caudal instantáneo de 2.000 l/s y para una superficie máxima de 1.800 ha, estando dadas de alta 1.741 ha en el elenco de regadíos.

El mantenimiento y conservación de esta zona está encomendado a la Comunidad de Regantes.

Azután

La Zona Regable de Azután fue declarada de interés nacional por Decreto de marzo de 1974. El Plan General de Transformación fue aprobado por Decreto de agosto de 1977 (B.O.E.: de 10 de septiembre), y el Plan Coordinado de Obras en octubre de 1979. La declaración de puesta en riego se efectuó por Resolución del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, de fecha 27 de noviembre de 1980.
La red primaria de transporte la conforma un canal a cielo abierto, con toma en la presa de Azután del río Tajo, y cuya longitud es de aproximadamente 9.980 metros. De este canal se derivan un total de 6 acequias principales que a su vez se bifurcan en otras secundarias, sumando en total una longitud de acequias aproximada de 6.400 metros.
 

Entubado de la acequia A-19 Zona Regable de Azután

La superficie de riego dada de alta es de 480 ha, con un consumo anual máximo de 4,5 hm³, y una concesión en tramitación.

Los principales cultivos son la Alfalfa y el Cereal, seguido del Pistacho, y en menor medida, las hortalizas.

Alcolea

La zona regable y obras se definen en el Plan General de Transformación, aprobado por Real Decreto de 1984. El Plan Coordinado de Obras fue aprobado por Orden Ministerial de 31 de octubre de 1988, y por Resolución, en 2002, la Dirección General de Desarrollo Rural declara la puesta en riego de la zona regable de Alcolea de Tajo.

Las aguas se captan en el embalse de Azután (Río Tajo), en su margen derecha (T.M. de Alcolea de Tajo, Toledo). La toma parte de una captación en el embalse de Azután mediante una balsa. Seis bombas de elevación de 975 kW (6,3 kV de tensión) cada una, elevan 0,85 m3/s por bomba. Mediante una tubería de 1.600 mm de diámetro el agua se eleva a una balsa de regulación con un volumen de 98.625 m3 y situada a 70 m de altura sobre la toma. De la balsa de regulación se distribuye a las tuberías de la red principal.

La concesión de la zona se otorgó en 2009, con un caudal instantáneo de 2.332 l/s y un volumen máximo anual de 24,021 hm³, siendo la superficie de elenco actual de 3.631 ha.

Los cultivos más importantes en la zona son la Alfalfa, el Maíz y los Almendros.

Nuevo tramo de tubería de impulsión y de toma de riego, al pie de la Balsa de Alcolea.

Valdecañas

La zona regable de Valdecañas se encuentra situada en el centro de la comarca de Campo Arañuelo, próxima a Navalmoral de la Mata, al norte del Río Tajo y sus embalses de Valdecañas y Arrocampo.

Por Decreto de 7 de marzo de 1974, fue declarada de interés nacional la zona regable del Canal Derivado del Embalse de Valdecañas. El Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA) redactó su correspondiente Plan General de Transformación, en 1.975, siendo base del Plan Coordinado de Obras que se hizo público por Orden Ministerial de noviembre de 1979.

Los seis sectores establecidos obtendrían su declaración de puesta en riego el 13 de Abril de 1.989 (sector I y II) y el 12 de Diciembre de 1.991 (sectores III, IV, V y VI).

La zona regable del Canal Derivado del Pantano de Valdecañas se sitúa en los términos municipales de Almaraz, Belvís de Monroy, Casatejada, Saucedilla, y Serrejón.

La toma se encuentra en el embalse de Valdecañas, con una capacidad de 1.446 hm3, situado en el Río Tajo, al sur de la zona regable. A continuación, un túnel de 3 km de longitud y con un caudal máximo de 23 m3/s, conduce las aguas hasta un partidor, donde se bifurcan el canal secundario y el canal principal. Estos canales abastecen a las seis estaciones elevadoras que dominan cada Sector, tienen depósitos elevados de 300 m3 de capacidad que proporcionan cota para dar presión a la red de tuberías telescópica que distribuye el agua por las parcelas.

Estación elavadora de la zona regable de Valdecañas.

Para bombear el agua a los depósitos se dispone en las estaciones elevadoras de 30 grupos motobomba, con gran número de instalaciones electromecánicas y equipos auxiliares: limpiarrejas en canales, balsas de regulación, filtros rotativos, equipos de comunicaciones, autómatas, válvulas, etc.

El canal secundario tiene 4,5 km de longitud y una capacidad máxima de 1 m3/s y abastece a la Estación Elevadora nº 1 (Sector I). El canal principal tiene tres tramos: el primero de 5,5 km y 23 m3/s, otro de 5 km y 5 m3/s, y finalmente uno de 6 km y 2 m3/s, que distribuyen el agua a las Estaciones Elevadoras restantes (Sectores II, III, IV, V y VI).

La red de tuberías es responsabilidad de la Confederación Hidrográfica del Tajo para diámetros superiores a los 450mm, y de la Comunidad de Regantes y la Junta de Extremadura para diámetros inferiores. Esta red tiene una longitud de 35 km, con diámetros desde 450 mm hasta 1.000 m.

No obstante lo anterior, en el BOE de 8 de abril de 2022 se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Regantes Plan de Riegos de Valdecañas, para la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la zona regable de Valdecañas, por lo que a partir de ese momento la zona regable es responsabilidad de sus usuarios en lo que respecta a las obras del Estado.

La concesión de la zona regable fue otorgada en 2009, y modificada en 2020, con una superficie actual de 5.265 ha, un volumen máximo anual de 31,34 hm³, caudal instantáneo de 6.151 l/s, siendo la dotación máxima de 6.000 m³/ha y año.

Los cultivos mayoritarios de la zona son el Almendro (con aproximadamente el 30%) y la Pradera / pasto (aproximadamente el 25%), a continuación, se encuentran el olivo y el pistacho.

Ejecución de los nuevos tramos de tubería de la zona regable de Valdecañas.

Zona regable de Tiétar 

La zona regable del Tiétar (o de Rosarito) se encuentra situada en torno a un tramo del Río Tiétar aguas abajo de la presa de Rosarito, al sur de la comarca de La Vera, en la provincia de Cáceres.

El Plan General de Colonización fue aprobado por Decreto del Ministerio de Agricultura es 1954, y por Orden Ministerial conjunta de los Ministerios de Agricultura y Obras Públicas del 2 de marzo de 1956, se aprobó el Plan Coordinado de obras para la transformación en regadío y colonización de la zona regable del pantano de Rosarito, habiéndose concluido las obras en el año 1960.

El suministro de recursos se obtiene de la regulación del Río Tiétar, principalmente proporcionada por el embalse de Rosarito, que tiene una capacidad de 82 hm³. Sin embargo, el consumo total es mayor a esa cantidad, por lo que deben aprovecharse los aportes de las gargantas de la Sierra de Gredos y del embalse de Navalcán (de 34 hm³), situado en el Río Guadyerbas, afluente del Tiétar.

La zona regable se divide en 17 sectores, del I al X, pertenecen a la Margen Derecha, con una superficie regable total de 6.295 ha. Del XI al XVI, pertenecen a la Margen Izquierda, con una superficie regable total de 9.002 ha, por lo que la superficie regable total es de 15.297 ha aproximadamente, según concesión, aunque dadas de alta en el elenco en riego son 14.407 ha.
 
El tramo común del canal tiene 1.020 m de longitud y una capacidad máxima de 12,50 m³/s; el canal de la margen derecha tiene 63.727 m y una capacidad máxima en origen de 5,64 m³/s; el canal de la margen izquierda tiene 49.258 m y una capacidad máxima en origen de 6,86 m³/s.

De los canales principales parte una red de acequias de secciones rectangulares y trapeciales, que distribuyen el agua por la zona regable. Las acequias de la margen derecha tienen una longitud total de 103 km y las de la margen izquierda una longitud total de 82 km.

Canal de Rosarito.

La concesión fue otorgada en 1995 para ambas Comunidades de Regantes, con un caudal instantáneo máximo de 0,8 l/s por ha de riego, y una dotación concesional de 8.744 m³/ha y año, que para esas ha supone un volumen máximo de 133,7 hm³/año para ambas márgenes, que supone un reparto máximo de 55 hm³ para la derecha y de 78,71 hm³ para la Izquierda.

En la Margen Derecha de Rosarito, el cultivo principal es el Tabaco (más del 50% del total), seguido del Pimiento y la Pradera.

En la Margen Izquierda de Rosarito, también domina el Tabaco (con un 46%), seguido del cultivo de árboles, maíz, árboles frutales y pimiento (3%).

En BOE de 15 de junio de 2024 se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Regantes del Canal de Rosarito Margen Derecha, para la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Margen Derecha de la Zona Regable de Rosarito.

Con fecha 18 de junio de 2024 se publicó en BOE el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito, para la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Margen Izquierda de la Zona Regable de Rosarito.

Por tanto, desde 2024, se encuentra encomendada la zona a ambas Comunidades de Regantes, gestionándose de forma independiente, a pesar de tener una concesión conjunta por contar con un punto de captación común.

Última actualización: mayo de 2025.