Junta de Gobierno
Junta de Gobierno
Las funciones que corresponden a la Junta de Gobierno se indican en el Artículo 28 del TRLA, siendo las principales las relativas a preparar y dar traslado de aquellos asuntos que deban someterse al Consejo del Agua de la Demarcación, entre los que se encuentra la revisión del Plan Hidrológico de Cuenca.
Si quieres conocer todas las funciones indicadas en el Art 28 del TRLA de forma específica, haz clic sobre el siguiente texto:
-> Aprobar los planes de actuación del organismo, la propuesta de presupuesto y conocer la liquidación de los mismos.
-> Acordar, en su caso, las operaciones de crédito necesarias para finalidades concretas relativas a su gestión, así como para financiar las actuaciones incluidas en los planes de actuación, con los límites que reglamentariamente se determinen.
-> Adoptar los acuerdos relativos a los actos de disposición sobre el patrimonio de los organismos de cuenca y preparar los asuntos que se hayan de someter al Consejo del Agua de la demarcación.
-> Aprobar, previo informe del Consejo del Agua de la demarcación, las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y de policía previstas en el artículo 6 de esta ley.
-> Declarar las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico y las medidas para corregir las tendencias que pongan en peligro el buen estado mediante la aprobación del programa de actuación para la recuperación, de conformidad con el artículo 56, sin perjuicio de las que puedan corresponder a otras Administraciones públicas.
-> Adoptar las decisiones sobre comunidades de usuarios a las que se refieren los artículos 81.4 y 82.4.
-> Promover las iniciativas sobre zonas húmedas a las que se refieren los apartados 5 y 6 del artículo 111.
-> Informar, a iniciativa del Presidente, las propuestas de sanción por infracciones graves o muy graves cuando los hechos de que se trate sean de una especial trascendencia para la buena gestión del recurso en el ámbito de la cuenca hidrográfica.
-> Aprobar, en su caso, criterios generales para la determinación de las indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, de acuerdo con el artículo 118 de la presente Ley.
-> Proponer al Consejo del Agua de la demarcación la revisión del plan hidrológico correspondiente.
-> Y, en general, deliberar sobre aquellos asuntos que sean sometidos a su consideración por su Presidente o por cualquiera de sus miembros.
Composición de la Junta de Gobierno
La composición que puedes ver en el siguiente esquema está definida en los artículos 29 y 30 del RD 927/1988 (RAPAH) y al artículo 4 del RD 927/1989 por el que se constituye este Organismo de cuenca y garantiza la participación de las Comunidades Autónomas integrantes de la cuenca hidrográfica de forma proporcional a su extensión en ella, así como de la Administración general del Estado y de los usuarios. Puedes ver la actual distribución de los vocales aquí: Composición actual de la Junta de Gobierno de la CHT
Junta de obras
La Junta de Gobierno, a petición de los futuros usuarios de una obra ya aprobada, podrá constituir la correspondiente Junta de Obras (órgano colegiado de gestión), en la que participarán tales usuarios, a fin de que estén directamente informados del desarrollo e incidencias de dicha obra.
Actas de las Juntas de Gobierno de la CHT:
| Año | Actas de la Junta de Gobierno de la CHT |
| 2025 | |
| 2024 | |
| 2023 | |
| 2022 | |
| 2021 | |
| 2020 | |
| 2019 | |
| 2018 | |
| 2017 | |
| 2016 | |
| 2015 | |
| 2014 | |
| 2013 | |
| 2012 | |
| 2011 | |
| 20010 | |
| 2009 | |
| 2008 | |
| 2007 | |
| 2006 | |
| 2005 | |
| 2004 | |
| 2003 | |
| 2002 | |
| 2001 | |
| 2000 | |
| 1998 | |
| 1997 |
Ultima actualización: mayo de 2025.