Plan Especial de Sequía

La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional estableció en su artículo 27 la necesidad de establecer un sistema de indicadores hidrológicos que definieran la situación de sequía y de confeccionar planes especiales que incluyeran las actuaciones a realizar y las reglas de gestión a adoptar en cada escenario de sequía en los distintos sistemas de explotación. 
 



Última actualización: junio de 2026.